¿Sabías que mejorar el aislamiento térmico de tu vivienda puede suponer un importante ahorro en tu factura energética y en tu próxima declaración de la renta? Desde hace un tiempo, la Agencia Tributaria contempla una serie de deducciones en el IRPF para quienes acometan obras que reduzcan el consumo energético en sus viviendas habituales. Entre ellas, se encuentra el aislamiento térmico de fachadas, cubiertas, suelos o ventanas.

En Martínez Soluciones Constructivas te explicamos en qué consisten estas deducciones, qué requisitos debes cumplir y cómo puedes beneficiarte.

¿Qué tipo de deducción aplica si mejoras el aislamiento?

Existen tres tipos de deducciones fiscales relacionadas con la mejora de la eficiencia energética. La que se aplica al aislamiento térmico es la deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, y permite deducirte hasta un 20% del importe invertido, con un límite máximo de 5.000 € anuales.

¿Qué obras se incluyen?

Las actuaciones deben estar enfocadas a reducir la demanda energética de la vivienda, es decir, conseguir que necesite menos calefacción en invierno y menos aire acondicionado en verano.

Algunas de las intervenciones que sí pueden acogerse a la deducción son:

– Aislamiento térmico de fachadas por el exterior (SATE) o interior.

– Aislamiento de cubiertas y tejados.

– Sustitución o refuerzo del aislamiento en suelos.

– Sustitución de ventanas por otras de altas prestaciones térmicas.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Para beneficiarte de esta deducción, tu vivienda debe cumplir las siguientes condiciones:

1. Ser tu vivienda habitual o estar alquilada como vivienda.

2. Las obras deben haberse iniciado a partir del 6 de octubre de 2021.

3. El resultado de la intervención debe ser una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración.

4. Esta mejora debe estar acreditada mediante un certificado de eficiencia energética expedido antes y después de la obra.

5. Las obras deben finalizar antes del 31 de diciembre de 2026.

¿Cómo se acredita el ahorro energético?

La clave está en el certificado de eficiencia energética. Es obligatorio contar con uno previo a las obras y otro una vez finalizadas. Ambos deben estar emitidos por un técnico competente y registrados en el organismo correspondiente de tu comunidad autónoma.

En ellos se debe reflejar la mejora en la calificación energética y, especialmente, la reducción en la demanda energética anual de calefacción y refrigeración, expresada en kWh/m²·año.

¿Y si combino esta obra con otras mejoras?

Si realizas varias actuaciones (por ejemplo, aislamiento más instalación de aerotermia o placas solares), podrías acogerte a deducciones mayores (hasta un 40% o 60%) si se alcanza una reducción global del consumo energético. Pero si solo mejoras el aislamiento, la deducción que aplica es la del 20%.

En resumen

ConceptoDeducción IRPF por aislamiento térmico
Tipo de deducciónReducción de demanda de calefacción y refrigeración
Porcentaje deducible20% del coste
Límite máximo5.000 € al año
Requisito de mejora energéticaReducción ≥ 7% en demanda energética
Certificación obligatoriaAntes y después de la obra
Fecha límite para terminar obras31 de diciembre de 2026

¿Quieres beneficiarte de esta deducción?

En Martínez Soluciones Constructivas somos especialistas en aislamiento térmico para viviendas, tanto en rehabilitaciones como en obra nueva. Nos encargamos de asesorarte, ejecutar la obra y ayudarte a cumplir con todos los requisitos técnicos y documentales para que puedas aprovechar al máximo la deducción fiscal.

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